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Si llevas años viviendo en España y quieres convertirte en ciudadano español, la vía de la residencia es la más habitual. Pero los requisitos han cambiado con el nuevo Reglamento de Extranjería (RELOEX, RD 1155/2024), y muchos de los artículos que encontrarás por ahí siguen hablando de normas antiguas.

En esta guía encontrarás todo lo que necesitas saber para solicitar la nacionalidad española por residencia en 2026: plazos vigentes, documentación obligatoria, prueba de integración y cómo es el proceso paso a paso, actualizado a la normativa en vigor.

¿Cuántos años de residencia necesitas?

El plazo general para solicitar la nacionalidad española por residencia es de diez años de residencia legal y continuada en España. Pero hay excepciones importantes que reducen ese tiempo:

Plazos de residencia según tu situación

  • 10 años → regla general para la mayoría de extranjeros
  • 5 años → refugiados reconocidos legalmente en España
  • 2 años → nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Andorra y sefardíes
  • 1 año → nacidos en territorio español, casados con español/a, viudos/as de español/a, hijos/as de padre o madre originariamente español, personas bajo tutela o acogimiento por ciudadano/a español/a

Importante: la residencia debe ser legal, continuada y justo anterior a la solicitud. Las ausencias prolongadas pueden interrumpir el cómputo, aunque la normativa permite cierta flexibilidad para estancias cortas en el extranjero.

Documentación obligatoria para la solicitud

La documentación es el punto donde más expedientes se frenan o se deniegan. Con el nuevo RELOEX, la lista se ha reorganizado, pero los documentos esenciales siguen siendo los mismos. Necesitarás:

Documentos de identidad y situación legal

  • Pasaporte en vigor o documento nacional de identidad del país de origen (original y copia)
  • Certificado de empadronamiento actualizado (con historial desde la fecha de inicio de residencia)
  • Tarjeta de residencia vigente o autorización de residencia en vigor
  • Certificado de residencia legal: acredita los años de residencia continuada en España

Documentos de estado civil y filiación

  • Certificado de nacimiento: debe estar apostillado y, si está en otro idioma, traducido por traductor jurado
  • Certificado de estado civil (soltero/a, casado/a, divorciado/a): también apostillado y traducido si procede
  • Si estás casado/a con español/a: libro de familia o certificado de matrimonio español

Documentos de integración y antecedentes

  • Certificado de antecedentes penales del país o países de nacionalidad (apostillado y traducido)
  • Certificado de antecedentes penales en España (se solicita ante el Ministerio de Justicia)
  • Diploma DELE A2 o superior, o certificado de otra prueba oficial de español equivalente (salvo hispanohablantes)
  • Certificado de superación del examen CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España), expedido por el Instituto Cervantes

Nota sobre el CCSE: si naciste en un país hispanohablante, estás exento de acreditar el nivel de español, pero no del CCSE. Ojo con este punto, es uno de los errores más comunes.

La prueba de integración: CCSE y DELE

La prueba de integración es obligatoria salvo excepciones muy concretas. Se compone de dos elementos:

  1. Examen CCSE (Instituto Cervantes): evalúa tus conocimientos sobre la Constitución española, la cultura, la historia y el funcionamiento del Estado. Consta de 25 preguntas tipo test y necesitas acertar al menos 15 para superar la prueba. Se realiza en los centros del Instituto Cervantes.
  2. Prueba de nivel de español DELE A2: acredita que tienes un nivel básico-intermedio de español. Si eres nacional de un país hispanohablante (Argentina, México, Colombia, etc.) quedas exento de esta prueba, pero no del CCSE.

Están exentos de ambas pruebas los menores de 14 años, las personas con discapacidad que lo justifiquen documentalmente, y quienes ya tengan un título educativo oficial en español.

Antecedentes penales: qué se exige y cómo obtenerlos

Uno de los requisitos más críticos y que más demoras genera es el de los antecedentes penales. Necesitas dos certificados:

  • Antecedentes penales en España: se solicita al Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia. Puedes pedirlo online si dispones de certificado digital o presencialmente. El plazo suele ser de días.
  • Antecedentes penales del país de origen (o de residencia anterior): es el que más tiempo lleva obtener. Dependiendo del país puede tardar semanas o meses. Debe estar apostillado (o legalizado según el país) y traducido por traductor jurado si está en otro idioma.
  • Vigencia: ambos certificados deben tener menos de tres meses en el momento de presentar la solicitud. Si obtuviste el del extranjero hace tiempo, tendrás que renovarlo antes de solicitar.

Proceso paso a paso para pedir la nacionalidad española por residencia

Una vez que tienes toda la documentación preparada, el proceso de solicitud sigue estos pasos:

  1. Reunir y preparar toda la documentación: apostillas, traducciones juradas y certificados actualizados. Este es el paso que más tiempo lleva y donde más errores se cometen.
  2. Superar las pruebas CCSE y DELE A2 (si no estás exento): conviene hacerlas con antelación, ya que los resultados tardan semanas en estar disponibles.
  3. Pedir cita previa online en el Registro Civil o en el consulado español correspondiente si resides en el extranjero.
  4. Presentar la solicitud: con el formulario oficial, la documentación completa y el abono de las tasas (Modelo 790, código 052).
  5. Seguimiento del expediente: una vez presentada, puedes consultar el estado a través del sistema Mercurio o en el Registro Civil. El plazo legal máximo es de 12 meses, aunque en la práctica puede alargarse.
  6. Resolución y jura o promesa: si se concede, deberás comparecer ante el Registro Civil para prometer o jurar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución.

Plazo de resolución: aunque la ley establece un máximo de 12 meses, los expedientes suelen tardar entre 18 y 36 meses en resolverse. Si tu expediente supera el año sin resolución, tienes derecho a interponer un recurso por silencio administrativo o por demora.

Novedades del RELOEX 2025 que afectan a la nacionalidad española por residencia

El nuevo Reglamento de Extranjería (en vigor desde el 20 de mayo de 2025) introduce algunos cambios que pueden afectar a tu solicitud de nacionalidad:

  • Simplificación de la acreditación de residencia: el empadronamiento continuo tiene más peso como prueba de residencia habitual.
  • Mayor interoperabilidad entre administraciones: en teoría, el Registro Civil puede obtener directamente algunos documentos del sistema de extranjería, reduciendo la carga documental del solicitante.
  • Actualización de los formularios y vías telemáticas: la solicitud se puede presentar de forma electrónica si se dispone de certificado digital o Cl@ve permanente.
  • Vinculación con el arraigo: quienes han obtenido la residencia por arraigo social o sociolaboral pueden iniciar el cómputo de años desde la concesión de esa autorización.

Preguntas frecuentes sobre la nacionalidad española por residencia

❓  ¿Puedo perder mi nacionalidad de origen al obtener la española?

Depende de tu país. España exige en general renunciar a la nacionalidad anterior al obtener la española, pero hay excepciones importantes: los nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Andorra y Francia pueden conservar ambas. Consulta con un abogado antes de presentar la solicitud si este punto te preocupa.

❓  ¿Qué pasa si me deniegan la solicitud de nacionalidad española por residencia?

Si el Ministerio de Justicia deniega tu solicitud, tienes un plazo de un mes para interponer un recurso de alzada ante el propio Ministerio. Si este también se deniega, puedes acudir a la vía contencioso-administrativa. En muchos casos, la denegación se debe a defectos subsanables en la documentación, por lo que conviene revisar el expediente con un abogado antes de recurrir.

❓  ¿Se pueden computar los años de residencia irregular?

No. Solo computan los años de residencia legal en España, es decir, con autorización de residencia vigente. Sin embargo, si regularizaste tu situación a través de la regularización extraordinaria de 2026 o por arraigo, el cómputo se inicia desde la concesión de esa primera autorización legal, no desde que llegaste a España.

❓  ¿La residencia por reagrupación familiar cuenta para la nacionalidad española por residencia?

Sí. Cualquier tipo de residencia legal en España —sea por trabajo, reagrupación familiar, arraigo u otros motivos— computa para el plazo de nacionalidad por residencia, siempre que sea continua y anterior a la solicitud.

❓  ¿Qué significa que el expediente esté en «silencio administrativo»?

Significa que han transcurrido más de 12 meses desde la presentación de tu solicitud sin que hayas recibido resolución expresa. En ese caso, la ley te permite interponer un recurso por silencio negativo o solicitar que se impulse el expediente. Es un derecho que muchos solicitantes desconocen y que puede acelerar el proceso.

❓  ¿Puedo presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia por internet?

Sí, la solicitud puede presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia si tienes certificado digital, DNIe o Cl@ve permanente. Si no dispones de ninguno de estos sistemas de identificación, deberás presentarla presencialmente en el Registro Civil o en la Oficina de Extranjería.

❓  ¿El examen CCSE tiene fecha de caducidad?

Sí. El certificado del examen CCSE tiene una validez de 4 años desde la fecha de superación. Si lo aprobaste hace más de 4 años y no has presentado aún la solicitud de nacionalidad, tendrás que volver a realizarlo. Lo mismo aplica al DELE A2.

 

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